Por primera vez, justicia suspende un aborto por petición del padre

23 febrero de 2017


Feb 23, 2017 @ 22:42
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En lo que se considera un fallo histórico y sin precedentes, una magistrada de un juzgado del interior hizo lugar al pedido de amparo de un padre contra su pareja quien ya había iniciado el proceso para llevar a cabo un aborto.

En el fallo judicial, la jueza letrada de Mercedes, Pura Book Silva, impidió que la mujer continuara con el trámite de interrupción voluntaria del embarazo.

“Generalmente la mujer que acude a interrumpir su embarazo atraviesa una situación personal muy lamentable. En este caso el papá del niño dijo que se quería hacer cargo del niño”, informó el abogado Federico Arregui.

“Le decía que quería tener el hijo, que se haría cargo de él, que iba a colaborar económicamente y dedicarle tiempo al nacer. Estaba dispuesto a criarlo solo, si ella no quería tener el niño”, señaló.

La defensa presentó también un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia contra la ley 18.987, que legaliza el aborto bajo ciertas condiciones.

De acuerdo a la sentencia de la magistrada, la mujer declaró:

“Tengo un rechazo natural al embarazo, yo no tengo ganas de estar embarazada, ni soportar que me obliguen, conociendo mis derechos que me otorga la ley pude acceder al derecho de iniciar el trámite y hacerlo” y ratificó su intención de seguir adelante con la interrupción voluntaria del embarazo porque “aparte de lo natural que no tengo ganas, todo lo que es ámbito social, económico, laboral, psicológico, todo eso me lleva a ratificar la idea de no tenerlo”

En opinión de la jueza, no se cumplió con todos los requisitos que marca la ley ni por parte de la mujer ni por parte de la mutualista.

“No surgen … que se hubieran expresado las causas razones o motivos justificantes que le impiden que continúe el embarazo, y justifiquen la interrupción voluntaria del embarazo”, expresa la sentencia.

Book manifestó que “la mujer tiene derecho a decidir sobre su capacidad o autonomía reproductiva… y todos esos derechos pueden ser ejercidos en plenitud antes del embarazo, al tener la mujer a su disposición cada vez con mayor amplitud, y más trabajando en un centro de salud, información sobre prevención del embarazo, utilización de métodos anticonceptivos, planificación familiar, ejercicio de una sexualidad responsable, y los riesgos de la actividad sexual, sin adoptar previamente las medidas preventivas al alcance de todas las mujeres”.

Por ello, consideró que “una vez producido el embarazo la situación es otra porque al haber un ser humano nuevo con derechos inherentes a su condición de tal protegidos legalmente, la decisión de interrumpir el embarazo no atañe solo a su cuerpo sino que realmente también afecta a otro ser humano”.

De esta manera, la jueza hizo lugar a la solicitud de amparo y pidió suspender el aborto.

La mujer tiene derecho a apelar el fallo pero la interrupción del embarazo puede realizarse antes de la semana 12 como lo dispone la ley.


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