El domingo cambia la hora
8 marzo de 2013
El artículo del Decreto 1303/06 del 4 de setiembre de 2006 establece: "Adelántase la hora legal en toda la República a partir de la hora 02:00 AM del 1er. Domingo del mes de octubre de cada año. A tal fin, a la hora indicada, los relojes de toda la República serán adelantados 60 minutos".
El segundo artículo del mismo decreto establece: "Dispónese que a la hora 2.00 am del segundo domingo del mes de marzo de cada año, se retrasara la hora legal en toda la República. A tales efectos a la hora indicada, los relojes de toda la República serán retrasados en 60 minutos".