La norma indica que los usuarios del régimen de encomiendas internacionales deben proveer a su operador postal los datos de las compras que realicen en el exterior.
Correo Uruguayo debe transmitir a la DNA la información del total de los envíos para que esta autorice su liberación, por lo que previamente los usuarios deberán haber registrado su compra e indicado si deciden pagar los tributos correspondientes o utilizar la franquicia.
En el sitio web de Correo Uruguayo deberá registrar todos los envíos con mercaderías que reciba por correo.