IMM regula actividad de vendedores y artistas en calles
14 enero de 2014
Se trata de una normativa aprobada por la Junta Departamental, que también regirá para los servicios interdepartamentales dentro de Montevideo.
El decreto establece que toda persona menor con 16 años cumplidos que sea jefe de hogar y posea carné de habilitación de trabajo, así como los mayores de 18, tienen derecho a realizar actividades artísticas o económicas dentro de las unidades de transporte colectivo.
Según informa este martes la radio El Espectador, para ejercer este derecho se deberá presentar condiciones evidentes de aseo personal y contar con una tarjeta magnética habilitante que expedirá la Intendencia.
La IMM va a crear un registro de personas habilitadas.
El personal del ómnibus podrá exigir la tarjeta de habilitación, negar el ascenso cuando haya otra persona ejerciendo la actividad o cuando se transporte bultos o accesorios que entorpezcan la comodidad de los pasajeros.
Además Los artistas no podrán subir al ómnibus en número superior a tres personas.
No se podrá ejercer la actividad desde la 01 horas hasta las 06 horas de la mañana.
Además se habilitará un servicio telefónico para que los usuarios del transporte puedan hacer sugerencias y elevar quejas.