Promulgarn Ley que crea Pensión a Víctimas de Delitos

3 enero de 2013


La norma también define el aporte económico al Centro de Atención a las Víctimas de la violencia y el delito.

Al respecto, se dispone que un 10% de los ingresos salariales que perciban las personas privadas de libertad, se destine al financiamiento de dicho Centro.

El derecho a la pensión se generará cuando en ocasión de rapiña, copamiento o secuestro (dentro del territorio nacional) ocurriere un homicidio o una persona resultare incapacitada para todo trabajo, siempre y cuando la víctima no sea el autor, coautor o cómplice de tales delitos y tenga residencia en el país.

Dicha pensión será mensual y su monto será el equivalente a 6 bases de prestaciones y contribuciones (BPC, que hasta el pasado mes de diciembre de 2012, era equivalente a 2.417 pesos).


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