Según informa El Observador, estaba previsto que el nuevo Código comenzara a regir en enero de 2017 y con él el nuevo sistema de audiencias orales y públicas que quedó postergado para 2019.
La justificación del Ejecutivo para dilatar el cambio es que estas nuevas audiencias requerirán una inversión tanto en infraestructura como de personal, en especial jueces y defensores de oficio, que no se puede abarcar ahora.
También se postergó el artículo que refiere a la pauta de una fecha de reanudación de una audiencia que fue suspendida. Actualmente, es el juez quien define el día que la audiencia se retoma. El nuevo código establece como obligatorio fijarla el mismo día de la suspensión de la audiencia, salvo "razones fundadas".
A partir de 2019, si no se establece un plazo de prórroga, la audiencia se debe fijar en la fecha más cercana posible, "a los efectos de procurar la continuidad del proceso".