Gobierno envió al Parlamento el sustituto del ICIR

13 marzo de 2013


El texto sostiene que, en lo que respecta a "los montos que hubiesen sido recaudados, se propone mantener el destino asignado a los gobiernos departamentales”.

El artículo 2 sostiene que "las sumas que se hubiesen recaudado por concepto del impuesto que se deroga, serán destinadas a los Gobiernos departamentales, con el objeto de financiar los gastos e inversiones derivados de la construcción y mantenimiento de la caminería rural departamental y el acceso a los establecimientos comerciales e industriales".

Para esto “se transferirán a un fondo que constituirá un patrimonio de afectación independiente, cuya administración será ejercida por la Comisión Sectorial prevista en el literal b) del inciso 5.º del artículo 230 de la Constitución de la República”.

A efectos del reintegro de los montos ya abonados, el proyecto prevé que la DGI emitirá certificados de crédito, que podrán ser empleados por su titular para compensar obligaciones tributarias propias ante esta oficina recaudadora, informó El Espectador que tuvo acceso al documento.


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